{"id":1823,"date":"2016-05-06T13:29:12","date_gmt":"2016-05-06T16:29:12","guid":{"rendered":"http:\/\/www.crc.org.ar\/w\/?p=1823"},"modified":"2017-05-06T17:12:18","modified_gmt":"2017-05-06T20:12:18","slug":"reglamento-interno","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/crc.org.ar\/w\/reglamento-interno\/","title":{"rendered":"Reglamento interno"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong>CLUB DE REGATAS CORRIENTES<br \/>\n<\/strong><br \/>\n<strong>APROBADO<\/strong> en sesi\u00f3n del d\u00eda 2 de diciembre de 1941<br \/>\n<strong>MODIFICADO<\/strong> en sesi\u00f3n del d\u00eda 12 de febrero de 1943.-<br \/>\n<strong>ULTIMA MODIFICACI\u00d3N<\/strong> en sesi\u00f3n del d\u00eda 18\/02\/2002.- Acta N\u00b0 853.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t<div class=\"tabs-shortcode tabs-wrapper container-wrapper tabs-vertical\">\n\t\t<ul class=\"tabs\">\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-1\">Cap\u00edtulo I\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-2\">Cap\u00edtulo II\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-3\">Cap\u00edtulo III\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-4\">Cap\u00edtulo IV\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-5\">Cap\u00edtulo V\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-6\">Cap\u00edtulo VI\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-7\">Cap\u00edtulo VII\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-8\">Cap\u00edtulo VIII\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-9\">Cap\u00edtulo IX\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-10\">Cap\u00edtulo X\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-11\">Cap\u00edtulo XI\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-12\">Cap\u00edtulo XII\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-13\">Cap\u00edtulo XIII\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-14\">Cap\u00edtulo XIV\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-15\">Cap\u00edtulo XV\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<li>\n\t\t\t<a href=\"#tab-content-16\">Cap\u00edtulo XVI\n\t\t\t<\/a>\n\t\t<\/li>\n\t\n\t\t<\/ul>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-1\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>DEL USO DE LAS EMBARCACIONES<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 1<\/strong>: Todos los socios del Club de Regatas Corrientes tienen derecho a hacer uso de las embarcaciones del Club, previos los siguientes requisitos y bajo las condiciones que este reglamento establece:<\/p>\n<p>a) Toda tripulaci\u00f3n, antes de embarcar, deber\u00e1 inscribir su nombre en el libro Registro \u201cSalida de Botes\u201d, haciendo constar fecha, serie y n\u00famero del bote, hora de salida y direcci\u00f3n o ruta: \u201ccosta\u201d, \u201cisla\u201d, \u201cagua arriba\u201d, o puerto de destino. Toda embarcaci\u00f3n deber\u00e1 ser anotada por un miembro de la tripulaci\u00f3n.-<\/p>\n<p>b) Entregar el bote desocupado y anotar la hora de llegada, as\u00ed como las novedades observadas o aver\u00edas.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2<\/strong>: El uso de los botes seg\u00fan su tipo, ser\u00e1 establecido por capitan\u00eda, atendiendo a la capacidad de remeros de los solicitantes y velando por la seguridad de los socios y del material.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 3<\/strong>: Los \u201csocios ausentes\u201d no podr\u00e1n hacer uso del material ni como \u201cvisitas\u201d, aunque accidentalmente se encontraran en la ciudad. Para reintegrarse a su calidad de socio en actividad deber\u00e1n comunicar su llegada a Tesorer\u00eda.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 4<\/strong>: Las sanciones que las autoridades fluviales apliquen a uno de los tripulantes, dar\u00e1n lugar a que todos los integrantes sean penados por la H.C.D.<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 5<\/strong>: Los \u201csocios suspendidos\u201d no podr\u00e1n hacer uso de los botes ni como visita, hasta su reincorporaci\u00f3n, ni podr\u00e1n concurrir, al Club ni a las fiestas deportivas o sociales que este realice.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 6<\/strong>: Los socios de los dem\u00e1s clubes de remos del pa\u00eds, podr\u00e1n usar nuestro material, cuando habiendo suficiente para las necesidades de nuestros socios, el Club al que pertenecen acordara igual derecho a nuestros asociados. A tal efecto deber\u00e1 presentar el carnet del Club a que pertenecen, con el recibo de tesorer\u00eda al d\u00eda.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 7<\/strong>: Los socios pueden hacer uso de las embarcaciones, de acuerdo al horario en que cada \u00e9poca fije capitan\u00eda, con aprobaci\u00f3n de la C.D.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 8<\/strong>: Los botes saldr\u00e1n con tripulaci\u00f3n completa, y solo podr\u00e1n salir botes, sin llenar este requisito, con autorizaci\u00f3n expresa de capitan\u00eda, cuando a su juicio as\u00ed corresponda o sea necesario.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 9<\/strong>: En cada bote no podr\u00e1 salir mas de una visita.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 10<\/strong>: Las tripulaciones deber\u00e1n embarcarse dentro de los quince (15) minutos siguientes a la anotaci\u00f3n del libro de registros. En caso contrario,caducar\u00e1 el derecho al uso del bote anotado, quedando este a disposici\u00f3n de quien lo solicitare.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 11<\/strong>: En todos los casos en que un tripulante ya anotado manifieste no poder salir, tampoco podr\u00e1 integrar la tripulaci\u00f3n de otro bote hasta media hora despu\u00e9s del regreso del bote en que primitivamente se inscribi\u00f3.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 12<\/strong>: Las tripulaciones se har\u00e1n cargo del material en el dep\u00f3sito desde el momento de la anotaci\u00f3n en el libro de Registros, debiendo al regreso entregarle en el mismo sitio, cooperando a sacar, colocar, desarmar y lavarla.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-2\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>ART\u00cdCULO 13<\/strong>: El capit\u00e1n podr\u00e1 limitar el n\u00famero de personas que puedan ocupar cada embarcaci\u00f3n, prohibiendo la salida de botes si los tripulantes se resistiesen al cumplimiento de esa orden.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 14<\/strong>: Est\u00e1 prohibido transportar en los botes, animales u objetos pesados que pudieran da\u00f1ar el material o afectar la estabilidad de la embarcaci\u00f3n; encender fuego dar o tomar remolque, salvo en casos de fuerza mayor, cambiar bichero, as\u00ed como aplicar motores port\u00e1tiles, saltar o arrojarse al agua para practicar nataci\u00f3n, atracaren las playas destinadas a balnearios p\u00fablicos y privados.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 15<\/strong>: Se proh\u00edbe pescar desde los botes, debiendo d\u00e1rsele \u00fanicamente el uso correspondiente a la practica del remo.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 16<\/strong>: La circulaci\u00f3n en los r\u00edos, se har\u00e1 siguiendo la derecha (estribor), y en caso de aver\u00edas por otra embarcaci\u00f3n que marchare a contramano, los tripulantes deber\u00e1n reclamar de inmediato ante las autoridades competentes. No obstante eso, el club exigir\u00e1 a los ocupantes del bote, el pago de la aver\u00eda, con prescindencia de las acciones particulares o judiciales que estos iniciaran contra el causante del da\u00f1o o perjuicio.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 17<\/strong>: Los botes de paseo deber\u00e1n ser cuidadosamente tratados en su salida, viajes y atraque a la playa, los remos, toleteras y tim\u00f3n, ser\u00e1n desarmados al sacarlo y al entrarlo a fin de evitar da\u00f1os al material.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 18<\/strong>: En los casos de fuertes oleajes, la capitan\u00eda podr\u00e1 prohibir la salida de las embarcaciones que por su caracter\u00edsticas no ofrecieren suficiente seguridad, as\u00ed como las tripulaciones que a su criterio, no tuviere acreditada suficiente pericia.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 19<\/strong>: Capitan\u00eda formara y llevar\u00e1 un registro de socios remeros, con el que se anotar\u00e1 su clasificaci\u00f3n, teniendo en cuenta si es nadador, tipo de embarcaci\u00f3n en que remo y tiempo, tomar\u00e1 examen a los que lo soliciten.<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 19 bis<\/strong>: \u201cLos socios cadetes podr\u00e1n hacer uso de los Botes de la Instituci\u00f3n con autorizaci\u00f3n de la Capitan\u00eda y\/o personal a cargo de la misma, debiendo para ello:<\/p>\n<p>1\u00ba) Presentar autorizaci\u00f3n especial para navegar y respaldo solidario conforme al Art. 26\u00ba del Estatuto por parte de los padres y\/o tutores, suscripto ante Escribano P\u00fablico.<br \/>\n2\u00ba) Presentar certificado medico de aptitud f\u00edsica\u2026<br \/>\n3\u00ba) Aprobar un examen de suficiencia t\u00e9cnica como remero tripulante, natatorio y de conocimiento de la Reglamentaci\u00f3n sobre la Navegaci\u00f3n\u2026<br \/>\n4\u00ba) El remero cadete que haya presentado los requisitos formales y aprobado las pruebas antes mencionadas, podr\u00e1 ser autorizado por la Capitan\u00eda a navegar en el trayecto comprendido entre el Club y el r\u00edo Paran\u00e1 aguas arriba hasta el balneario de Molina Punta y vuelta.<br \/>\n5\u00ba) En caso de incumplimiento del mencionado trayecto, aver\u00eda del material flotante utilizado y\/o reiteradas faltas de negligencia en el cuidado del material flotante y\/o en el ejercicio pr\u00e1ctico del remo propiamente dicho, ser\u00e1 sancionado con el retiro definitivo de dicha autorizaci\u00f3n.<br \/>\n6\u00ba) La sanci\u00f3n dispuesta en el punto anterior ser\u00e1 aplicada con independencia de las que le correspondan al Socio Cadete y\/o padre o tutor, de acuerdo al Reglamento de Sumarios y Sanciones&#8230;<\/p>\n<p>Lo resuelto en el presente de ninguna manera implicar\u00e1 la derogaci\u00f3n de las normas estatutarias y del Reglamento Interno Sobre Facultades Disciplinarias, Recursos y Sumarios Administrativos vigentes en la actualidad y que no vayan en contra de lo reglamentado.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-3\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>BOTES PARTICULARES<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 20<\/strong>: Los socios que teniendo botes de su propiedad quisieran guardarlos en el local del club, pedir\u00e1n autorizaci\u00f3n a la C.D. acompa\u00f1ado los documentos que atestiguan la propiedad. Se conceder\u00e1 la autorizaci\u00f3n que a juicio de la capitan\u00eda hubiere lugar disponible, sin molestar el servicio de embarcaciones del Club. La C.D. fijar\u00e1 una tasa por concepto de ocupaci\u00f3n; otra tasa se aplicar\u00e1 a las embarcaciones de socios que anclen en las aguas del Club o queden en la playa. El Club de Regatas no se hace responsable por el cuidado y seguridad de las embarcaciones de los socios.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 21<\/strong>: Queda terminantemente prohibido la introducci\u00f3n al deposito de embarcaciones particulares o recipientes que contengan nafta o cualquier otro inflamable en sus dep\u00f3sitos o en el carburador del motor, asumiendo su due\u00f1o toda la responsabilidad si faltare a esta prohibici\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 22<\/strong>: La entrada y salida de los botes particulares, deber\u00e1 ser registrada en la misma forma que la de los del Club, sus propietarios deber\u00e1n cumplir las disposiciones estatutarias y reglamentarias, en sus partes pertinentes.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 23<\/strong>: El propietario del bote o embarcaci\u00f3n se obliga a mantenerla en perfecto estado de pintura.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 24<\/strong>: Los botes particulares deber\u00e1n ser pintados con los colores del Club, y deber\u00e1n llevar las insignias sociales. Capitan\u00eda llevar\u00e1 el registro de los mismos y le dar\u00e1 la nomenclatura especial con que ser\u00e1n reconocidos por el club aparte del particular.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 25<\/strong>: El personal del Club solamente dejar\u00e1 salir los botes particulares solicitados por sus propietarios o por personas debidamente autorizadas por escrito por aquellos.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-4\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>RESERVA DE BOTES<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 26<\/strong>: Las embarcaciones tipo \u201cfamilia\u201d o \u201cpaseo\u201d podr\u00e1n ser reservadas en su totalidad por los socios que soliciten a capitan\u00eda, con un d\u00eda de anticipaci\u00f3n. En la solicitud, que deber\u00e1 se echa por escrito, se har\u00e1 constar las personas que van a ocuparla y la ruta o destino. Al ser presentada se anotara la hora de presentaci\u00f3n. La tripulaci\u00f3n deber\u00e1 ser completada. Si 15 (quince) minutos despu\u00e9s de la hora fijada, no se hubiere ocupado la embarcaci\u00f3n y no se da aviso, caducar\u00e1 la solicitud. Antes de la salida pueden integrarse o modificarse las tripulaciones previa autorizaci\u00f3n de capitan\u00eda.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 27<\/strong>: Cuando las solicitudes de reserva de reserva de botes sea en mayor n\u00famero que lo disponible, se proceder\u00e1 a la entrega e acuerdo con el orden pedido.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 28<\/strong>: Los socios que desean utilizar botes fuera de las horas reglamentarias, o para hacer excursiones de mas de medio d\u00eda de duraci\u00f3n, deben solicitarlo a capitan\u00eda, por escrito. Es condici\u00f3n indispensable, adem\u00e1s que los tripulantes y visitas sepan nadar, para determinados botes, debiendo capitan\u00eda fijar el m\u00e1ximo de personas que sin saber nadar puedan salir en ellos.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-5\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>AVER\u00cdAS<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 29<\/strong>: Los socios deben revisar las embarcaciones que le fuesen entregadas y hacer en el acto los reclamos y observaciones que consideren oportunas, acerca del<br \/>\nestado del material. Si no hiciesen salvedad alguna, se entender\u00e1 que las reciben en perfectas condiciones, perdiendo el derecho de invocar el mal estado del material despu\u00e9s de la salida.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 30<\/strong>: Los socios que hicieren aver\u00edas en el material, deber\u00e1n declararlo al regreso del Club, detalladamente su causa y consecuencia. El capit\u00e1n tasar\u00e1 la aver\u00eda, y por tesorer\u00eda se comunicara a los ocupantes; su importe deber\u00e1 ser abonado dentro de los quince d\u00edas siguientes a la fecha del accidente a prorratear entre todos ellos.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 31<\/strong>: El socio que adeudase aver\u00edas y no hiciese efectivo su importe dentro de los treinta d\u00edas de haber sido notificado, ser\u00e1n suspendido por la Comisi\u00f3n Directiva, hasta tanto regularice su situaci\u00f3n.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-6\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>NATACI\u00d3N Y BA\u00d1OS EN EL RIO<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 32<\/strong>: El horario de ba\u00f1os en el r\u00edo ser\u00e1 por la Capitan\u00eda.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 33<\/strong>: Los socios que no sepan nadar o est\u00e9n en aprendizaje, lo har\u00e1n dentro de la pileta o en la playa, siempre que hubiere vigilancia.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 34<\/strong>: La Capitan\u00eda reglamentara el limite hasta el cual los que toman ba\u00f1o y nadadores, puedan alejarse de la costa; y ellos est\u00e1n obligados a acatar las ordenes dadas por la misma.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 35<\/strong>: Los padres de familia, socios, pueden hacer que sus hijos no socios, menores de 14 a\u00f1os, concurran a tomar ba\u00f1os, siempre que asistan con ellos o lleven una autorizaci\u00f3n por escrito, indicando la persona que deben cuidarlos, la que ser\u00e1 responsable de su cuidado y atenci\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 36<\/strong>: Capitan\u00eda formara y llevara un registro de nadadores y tomara examen a los que soliciten.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-7\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>ROPEROS<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 37<\/strong>: Todo socio que desee ocupar ropero, lo solicitar\u00e1 a capitan\u00eda. El ropero ser\u00e1 personal y no se permitir\u00e1 la transferencia a otro socio, sin que este abone, previamente, el alquiler fijado por la C.D.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 38<\/strong>: Cuando el n\u00famero de solicitantes sea mayor que los roperos disponibles, se har\u00e1 una lista por orden de antig\u00fcedad de los pedidos, y cuando se produjeran vacantes ser\u00e1n concedidos por riguroso orden de prelaci\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 39<\/strong>: En caso de renuncia o baja, el socio no tendr\u00e1 derecho a devoluci\u00f3n de sumas abonadas, debiendo desocuparla dentro de los 15 (quince) d\u00edas de su retiro, vencido los cuales se proceder\u00e1 a desocuparlo.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 40<\/strong>: No se guardar\u00e1 en los roperos por m\u00e1s de un d\u00eda, art\u00edculos factibles de descomposici\u00f3n; comprobada esta infracci\u00f3n, se proceder\u00e1 de inmediato a la apertura del ropero, por cuenta del socio ocupante y sin responsabilidad para el Club.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 41<\/strong>: A todo socio que alquilare ropero y no efectuase el pago en los treinta d\u00edas subsiguientes de su inscripci\u00f3n o renovaci\u00f3n, se le retirar\u00e1 el contenido del ropero, quedando a disposici\u00f3n del interesado durante 30 (treinta d\u00edas), en los dep\u00f3sitos del capataz. Vencido el plazo pasar\u00e1 a poder del Club, el que har\u00e1 con el, lo que mejor conviniere. El socio pierde as\u00ed todo derecho de reclamo.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 42<\/strong>: El personal del Club es responsable del cuidado exterior de los roperos. Lo ser\u00e1 de su contenido, siempre que el socio conf\u00ede a el las llaves.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-8\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>DUCHAS Y CANILLAS<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 43<\/strong>: Todo socio esta obligado a cerrar las llaves de las duchas y canillas que haya utilizado.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 44<\/strong>: Los calefones el\u00e9ctricos ser\u00e1n conectados a pedido del socio que lo solicitare, debiendo dar aviso al encargado del departamento cuando se deje de utilizarlo. La C.D. fijar\u00e1 el precio para el uso. Si por culpa del socio sufriere deterioros el aparato, se aplicar\u00e1 lo dispuesto sobre aver\u00edas.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-9\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>CARNET Y UNIFORMES<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 45<\/strong>: El uniforme oficial del Club es el siguiente:<\/p>\n<p>Regatas \u00cdnter clubes Varones: camiseta blanca con ribetes azules, pantal\u00f3n corto blanco. Damas: blusa o su\u00e9ter blanco, con ribetes azules; pantal\u00f3n tipo pollera blanco; zapatillas blancas con suela de goma.<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 46<\/strong>: Queda prohibido usar calzados con tacos duros en botes de paseo o familia.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 47<\/strong>: Est\u00e1 prohibido subir al sal\u00f3n con el uniforme de remo, mientras se realicen fiestas autorizadas; y siempre en malla de nataci\u00f3n o gimnasia.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 48<\/strong>: Lo que se refiere al uso del uniforme; se hace extensivo a las visitas.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 49<\/strong>: El carnet de socio ser\u00e1 entregado mediante el pago de la suma que fije la C.D. A los socios vitalicios, honorarios y protectores se les extender\u00e1 un carnet especial, gratuitamente.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 50<\/strong>: El uso del carnet social es obligatorio para concurrir al local social, o hacer uso del material.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 51<\/strong>: Todo socio que facilitara su carnet a otro socio o personas ajenas al Club, ser\u00e1 pasible de las sanciones que la C.D. juzgar\u00e1 convenientes, consider\u00e1ndose esta falta, como grave. En caso de extrav\u00edo o sustracci\u00f3n del carnet, el socio debe comunicarle inmediatamente a Tesorer\u00eda y retirar otro en su reemplazo, abonando los derechos respectivos.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-10\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>VISITA<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 52<\/strong>: Ser\u00e1 considerada visita, toda persona ajena a la instituci\u00f3n, que venga sola o acompa\u00f1ada de un socio; para conocer el Club deber\u00e1 solicitar el correspondiente permiso a capitan\u00eda. Cada visita acompa\u00f1ada de un socio, no podr\u00e1 concurrir sino una sola vez al mes para uso del material, y un mismo socio no podr\u00e1 presentar mas de una visita al mes, para este efecto.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 53<\/strong>: En ocasiones de realizarse en el local social, fiestas, bailes, regatas internas u otras reuniones, las visitas deben estar munidos de la invitaci\u00f3n personal correspondiente, otorgada por la C.D., la que debe ser solicitada por el socio a la Presidencia, limit\u00e1ndose el n\u00famero total de invitados a la cantidad que la C.D. juzgue conveniente.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 54<\/strong>: Es facultad de la C.D. controlar la concurrencia de las visitas.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-11\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>ENTRENAMIENTO<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 55<\/strong>: Los socios que deseen tomar partes en regatas, deber\u00e1n presentarse al Capit\u00e1n, quien elegir\u00e1 entre los inscriptos a aquellos que se encuentren en condiciones.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 56<\/strong>: Todo socio que se presente como remero o nadador, acepta y reconoce la obligaci\u00f3n de aceptar este reglamento, a saber:<br \/>\na) Tomar parte en las pruebas en que intervenga el Club.<br \/>\nb) Aceptar el puesto que se le designe.<br \/>\nc) Dormir en el local del Club, durante el tiempo que dure el entrenamiento, sujet\u00e1ndose a la vez al horario y r\u00e9gimen alimenticio a que sea sometido, siempre que as\u00ed se disponga.<br \/>\nd) Salir a entrenarse y efectuar gimnasia, cuando se le indique.<br \/>\ne) La falta de cumplimiento a las citas a la que se le convoque, dar\u00e1 motivos a penalidades que determinar\u00e1 Capitan\u00eda.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 57<\/strong>: Todo deportista podr\u00e1 ser relevado de su puesto, si a juicio de Capitan\u00eda se creyera conveniente.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 58<\/strong>: En ausencia del Capit\u00e1n, del sub capit\u00e1n o jefe de entrenamiento, el timonel o persona designada por ellos capita de la tripulaci\u00f3n, es el jefe de esta, la que deber\u00e1 acatar sus indicaciones, tanto en el bote como fuera de el, siendo a su vez responsable ante el capit\u00e1n, de las faltas que hubiere cometido.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 59<\/strong>: Capitan\u00eda puede suspender en el acto a cualquier socio inscripto, debiendo dar cuenta a la C.D., siempre que exista causa justificada, en la primera reuni\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 60<\/strong>: El uso de botes de carrera por los socios, ser\u00e1n autorizado por capitan\u00eda teniendo en cuenta la aptitud del remero. Deber\u00e1 mantener al d\u00eda una lista de socios que llenen estas condiciones, y en lo posible, con determinaci\u00f3n de los tipos de botes que cada uno puede remar.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 61<\/strong>: Los veos de carrera no podr\u00e1n permanecer fuera del local del Club, por m\u00e1s de una hora. Para mayor duraci\u00f3n, se requiere autorizaci\u00f3n del Capit\u00e1n.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-12\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>BAR Y TELEFONO<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 62<\/strong>: El bar es para uso de los socios, de acuerdo al horario que fije la C.D., cada socio tiene derecho a llevar invitados, sin las restricciones del cap\u00edtulo de visitas.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 63<\/strong>: La tarifa a regir para bebidas y comidas, se fijar\u00e1 en cada caso por la C.D.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 64<\/strong>: El tel\u00e9fono podr\u00e1 ser utilizado por los socios siempre que no sea para comunicaciones tasadas. La comunicaci\u00f3n no pasara de 3 (tres) minutos.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 65<\/strong>: Capitan\u00eda se\u00f1alara al cantinero los lugares en que podr\u00e1n ubicarse las mesas para el servicio del bar.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-13\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>BIBLIOTECA<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART. 66<\/strong>: La biblioteca es para uso de los socios, los que son responsables del material de lectura que usen. La lectura se har\u00e1 dentro del local social, debiendo solicitarse los libros al encargado, y firmado la boleta correspondiente. En los casos pertinentes se aplicar\u00e1 el capitulo aver\u00edas.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-14\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>CAPITULO 14: DEPORTES<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 67<\/strong>: La C.D., dictara por separado y en cada caso, la reglamentaci\u00f3n que corresponda a cada deporte que se establezca en el Club, de acuerdo con sus estatutos.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-15\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>PERSONAL<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 68<\/strong>: El personal del Club ser\u00e1 por un capataz, el que es responsable del trabajo y disciplina de los peones. El personal esta obligado a respetar a todas las personas que est\u00e9n en local social, evitando discusiones; en caso de suscitarse algunas o producirse actos anormales, comunicara inmediatamente a capitan\u00eda por intermedio del capataz.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 69<\/strong>: El personal deber\u00e1 vigilar el cumplimiento de todas las disposiciones dictadas, haciendo presente a los socios la infracci\u00f3n cometida. Si no fuera acatado, dar\u00e1 cuenta inmediata a la capitan\u00eda.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 70<\/strong>: El personal deber\u00e1 cumplir el horario de trabajo fijado por capitan\u00eda con acuerdo de la C.D. Las infracciones cometidas dar\u00e1n derecho a suspender o expulsar<br \/>\nal responsable.-<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t<div class=\"tab-content\" id=\"tab-content-16\">\n\t\t\t<div class=\"tab-content-wrap\">\n<p><strong>DISPOSICIONES<\/strong><\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 71<\/strong>: El personal deber\u00e1 cumplir el horario de las escuelas de remo y nataci\u00f3n, organizando sus cursos con el auxilio de los socios que se ofrezcan para ellos, sin retribuci\u00f3n.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 72<\/strong>: Los socios no podr\u00e1n entrar a los departamentos de se\u00f1oras, ni los menores a los vestuarios de socias o socios.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 73<\/strong>: Los socios deben guardar la mayor compostura y moderaci\u00f3n en sus actitudes y conversaciones. Es prohibido tratar asuntos pol\u00edticos y religiosos, y todo aquello que puede producir divisiones entre los socios.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 74<\/strong>: Las resoluciones de la C.D. o disposiciones de capitan\u00eda, se har\u00e1 saber por escrito, coloc\u00e1ndolas en el pizarr\u00f3n del local o tablilla especial.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 75<\/strong>: Las ordenes y disposiciones de los maestros que la C.D. autorice, ser\u00e1n obligatorias en la forma que establezca Capitan\u00eda.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 76<\/strong>: Las disposiciones policiales, fluviales y terrestres, son obligatorias sin excepci\u00f3n para todos los socios y personal del Club y sus faltas ser\u00e1n penadas como violatorias del presente reglamento.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 77<\/strong>: En caso de primera infracci\u00f3n, el socio autor ser\u00e1 amonestado, en las siguientes, suspendidos o expulsados, seg\u00fan la gravedad de la falta.-<\/p>\n<p><strong>ART\u00cdCULO 78<\/strong>: Cada miembro de la C.D., esta obligado a velar por la aplicaci\u00f3n de los estatutos, y reglamento interno. La C.D. interpretar\u00e1 los casos que se presentaran y no figuren en estos reglamentos.-<\/p>\n<p>Aprobado en la sesi\u00f3n del d\u00eda 2 de diciembre de 191, modificado en la sesi\u00f3n del d\u00eda 12 de febrero de 1943. Modificado en la sesi\u00f3n del d\u00eda 18 de febrero de 2002. Se aprob\u00f3 el art\u00edculo 19 bis (acta n\u00b0 853)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n\t\t\t<\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n\t\t\t<div class=\"clearfix\"><\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CLUB DE REGATAS CORRIENTES APROBADO en sesi\u00f3n del d\u00eda 2 de diciembre de 1941 MODIFICADO en sesi\u00f3n del d\u00eda 12 de febrero de 1943.- ULTIMA MODIFICACI\u00d3N en sesi\u00f3n del d\u00eda 18\/02\/2002.- Acta N\u00b0 853.-<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[6],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/crc.org.ar\/w\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1823"}],"collection":[{"href":"https:\/\/crc.org.ar\/w\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/crc.org.ar\/w\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/crc.org.ar\/w\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/crc.org.ar\/w\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1823"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/crc.org.ar\/w\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1823\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1829,"href":"https:\/\/crc.org.ar\/w\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1823\/revisions\/1829"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/crc.org.ar\/w\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1823"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/crc.org.ar\/w\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1823"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/crc.org.ar\/w\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1823"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}